sábado, 27 de diciembre de 2008

LA CORTE Y LA DEMOCRACIA SINDICAL

En un histórico fallo la Suprema Corte dio un duro golpe a la tradicional burocracia sindical peronista, declarando inconstitucional la exclusividad que tienen los sindicatos con personería gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo para representar a los trabajadores y anuló la obligatoriedad de estar afiliado a un sindicato con personería gremial para convocar a elecciones, elegir y ser elegido representante de un sector de trabajadores.

El fallo termino con el criterio de los sindicatos únicos por rama laboral y habilita de alguna forma la creación de nuevas entidades gremiales en la misma actividad.
Por extensión, habilita también la creación de nuevas centrales obreras, como es común en muchos otros países
El viejo anhelo de la democratización sindical llego de la mano de la judicatura Era una deuda pendiente, desde el 17 de diciembre de 1983 hace casi un cuarto de siglo en que se envió al Congreso la “Ley de Reordenamiento Sindical” o ley Mucci .

La ley fue rechazada en el senado por un voto el del Movimiento popular Neuquino, aliado del peronismo.
El gobierno radical soporto la embestida de 13 paros generales.

La democracia Argentina tenía esta deuda pendiente, el de sindicalistas enriquecidos y representados pobres, el de dirigentes que controlan sumas cuantiosas de dinero, subsidios, obras sociales.
La derrotada es la burocracia sindical, la que arrojaba tortugas en la plaza de mayo durante la gestión de Illia, la que aplaudió a Ongania, la que le hizo la vida imposible a la naciente democracia, la que guardo silencio durante los noventa. Esa burocracia sindical sufrió un duro revés y la democracia agradecida.

viernes, 12 de diciembre de 2008

50 AÑOS DEL AMPARO

Hoy se celebra el 50° aniversario de un fallo de la Corte Suprema, que creo un formidable mecanismo para la protección y defensa de los derechos individuales, el RECURSO DE AMPARO.

Eran tiempos de confrontación e intolerancia política, la sociedad argentina se debatía entre peronistas y antiperonistas. Angel Siri había sido legislador peronista y era el propietario de un diario llamado Ciudad de Mercedes, el cual fue clausurado por el gobierno militar.Siri presentó un hábeas corpus para pedir su reapertura, pero los tribunales rechazaron la demanda con la fundamentacion de que el hábeas corpus sólo sirve como recurso contra detenciones ilegales.

El 27 de diciembre de 1956, la Corte falló en su favor dándole forma y nacimiento al recurso de amparo.Con la reforma de 1994, el amparo integra nuestro texto constitucional, con una amplitud muy superior al que su legislación de tiempos del onganiato le brindaba.

Sin embargo han pasado 13 años sin que el Congreso haya dictado una ley reglamentaria moderna y favorable al amparo. El amparo tiene que ver con la construcción permanente de la democracia y el consiguiente respeto por los derechos del común de la gente.

El hombre común aprendió que era un amparo, cuando recuperó sus depósitos atrapados en el corralito. Quien si no el amparo es el mecanismo viable para la lucha del Ciudadano común por su derecho a la salud, a una vivienda digna, a un medio ambiente no contaminado, etc.

En mayo de 2006, Diputados aprobó por unanimidad un proyecto que había sido elaborado por el diputado Jorge Vanossi. La iniciativa fue remitida al Senado, pero la Cámara alta nunca la trató. Quizá sea hora ya que como dijo el Dr. Lorenzetti, “El derecho sin garantías no tiene sentido alguno, es una definición abstracta”, hay “una distancia entre lo declarado y lo efectivamente gozado por cada uno de los ciudadanos argentinos”.

Un tema pendiente entonces para una democracia con contenido.();

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Estudio Juridico ARAMBURU & Asociados - Cordoba 966 Piso 3ro. B 43265223
El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA


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