miércoles, 22 de julio de 2009

STRESS LABORAL

Un tribunal reconoció el “stress laboral” generado por el corralito financiero de finales de 2001 y principios de 2002, en el marco de un juicio por despido de un trabajador de un banco privado.

La Sala Octava de la Cámara laboral, con las firmas de los jueces Juan Carlos Morando, Gabriela Vazquez y Luis Alberto Catardo, revocaron la decisión en primera instancia e hicieron lugar al reclamo de una indemnización por despido formulada por un empleado contra el Banco de Boston.
La Justicia del Trabajo sienta un peligroso precedente en materia de riesgos de trabajo.

A partir de este tipo de fallos no queda duda alguna que las empresas deberán adoptar medidas de control más excesivas e incluso más allá de los límites normales y adecuados.

En ese sentido se deberán adoptar principalmente nuevas políticas en recursos humanos, a los fines de evitar cualquier tipo de injerencia extraña que pudiera perjudicar a los empleados..

Para los jueces Vázquez y Catardo, en cambio, no quedan dudas que la entidad no pudo dejar de prever que si omitía concretar algún tipo de medida preventiva orientada, al menos, a amortiguar semejantes niveles de violencia en el entorno de situación laboral propia de la actividad bancaria, algún trabajador podría contraer alguna dolencia psiquiátrica o desajuste psíquico.
Por lo tanto, los magistrados sostuvieron que la omisión de la entidad financiera empleadora era, sin duda, por sí misma, apta para provocar el daño según el curso ordinario de las cosas, y concluyeron que hubo culpa omisiva.

Este fallo demuestra que el deber de previsión o prevención del empleador debe ser activo y no se agota con el mero cumplimiento de las condiciones que determina la normativa sobre higiene y seguridad, sino que abarca todo tipo de acciones tendientes a preservar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.

Este tipo de sentencias aumentan los costos laborales y sobre todo desalientan nuevas inversiones en materia económica.

Ello se debe a que se traducen en una constante inseguridad jurídica.


Qué es el estrés laboral"El estrés laboral es, básicamente, la respuesta de nuestro organismo a los desequilibrios entre las demandas del trabajo y nuestros recursos para hacerles frente, aunque también influyen otras circunstancias como el salario percibido o la relación con los compañeros", según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Los síntomas físicos que advierten un caso de estrés son "cansancio, agotamiento e insomnio", mientras que los emocionales o psíquicos "son bastante más complejos: nerviosismo, irritabilidad, dificultad de concentración e indiferencia, entre otros".
En general se recomienda establecer prioridades en la jornada laboral, no aplazar decisiones, plantear al jefe si los plazos son muy ajustados, junto a la adopción de hábitos de vida sanos, como una dieta equilibrada, dormir entre 7 y 8 horas diarias y hacer actividades físicas.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA


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