viernes, 29 de junio de 2012

AFIP - DOLARES

Desde que dejó de responder "con inconsistencias", la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) admite todo tipo de pedidos de compra de dólares, pero los deja en lista de espera y no emite respuesta.

Esto le permite al organismo recaudador amortigar los requerimientos de los jueces, que reciben pedidos de amparos de contribuyentes que no pueden acceder al dólar al tipo de cambio oficial.

Desde hace pocos días, la AFIP incorporó a su página web una serie de "instructivos" para "ordenar" los pedidos según los diferentes destinos que se les quiera da a los dólares.

Por ejemplo, para las operaciones que tienen como destino el simple "atesoramiento" llevan el código 856 y las inversiones inmobiliarias en el exterior el 859. En este último punto se da una situación particular porque no contempla el caso de compras de inmuebles dentro del país.

El organismo recaudador insiste en que se hace una "evaluación sistémica en tiempo real" para determinar si la persona o empresa interesada en acceder a la divisa estadounidense está en condiciones de hacerlo.

En los hechos, la AFIP cerró casi por completo la posibilidad de comprar dólares a principios de mayo. Desde entonces, casi no se autorizan operaciones.

Por el momento, los contribuyentes que recurrieron a los amparos judiciales no tuvieron éxito. A pesar de que una magistrada, en Nuequén, se quejó de los métodos que aplica la AFIP.

La jueza la jueza federal de Neuquén Carolina Pandolfi, concluyó que "nos encontramos con una prohibición de hecho de adquirir divisas extranjeras, lograda por medio de la aplicación arbitraria e irrazonable de una norma que analizada en abstracto, supera el test de constitucionalidad". Pese a ello, ni ese amparo, ni ningún otro, se resolvió aún.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

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VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

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JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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