miércoles, 22 de agosto de 2012

DAÑOS Y PERJUICIOS - CONSORCIO

Según las leyes porteñas, los propietarios del edificio deberán afrontar el juicio civil y las costas que se generen por la muerte por aplastamiento que ocurrió en la zona de Tribunales la semana pasada al caer una losa.

En el caso de la acción penal, quien tendrá que responder será el profesional que firmó el relevamiento del edificio.
Según la ley 257, quienes viven en régimen de propiedad horizontal en edificios con más de tres pisos de altura deben presentar informes periódicos sobre el estado de las fachadas, balcones y mampostería, entre otras cosas.

"La responsabilidad civil por daños y perjuicios es incuestionable, le cabe al consorcio. Si se hace extensiva al gobierno de la ciudad deberá establecerse con la investigación judicial", indicó Fabián Bergenfeld, de la Fundación Bicentenario, que se dedica a temas de defensa del consumidor y políticas públicas ante una consulta del diario La Nación.

Respecto de la responsabilidad penal, el abogado indicó que en el caso, en el que perdió la vida Octavio Pérez Galimberti, un abogado de 33 años, puede haber existido una negligencia o una imprudencia por parte del profesional que firmó el relevamiento.

"Estaríamos ante un caso de homicidio culposo", indicó.

Por otro lado, el titular de la Agencia de Control Gubernamental, Javier Ibáñez, indicó que la dependencia no es la que debe controlar las fachadas de los edificios.

"El relevamiento fue certificado en marzo de este año por un profesional contratado por el consorcio para hacer un informe de su edificio". El funcionario subrayó, en declaraciones radiales, que, "según el informe técnico del arquitecto, todos los elementos salientes de ese edificio estaban en buenas condiciones".

Ibáñez dijo que, a pesar de ese informe, por "algún tipo de cuestiones, se fracturó la losa que provoca el accidente". Y señaló que el control que hace el Gobierno porteño es exigir el documento que presenta el profesional, "porque eso es lo que dice la ley".

El defensor adjunto de la Ciudad, Atilio Alimena, indicó al matutino que "si bien hay un profesional y suponiendo que se hubiese equivocado, en definitiva hay una acción solidaria entre las partes (el consorcio y el profesional). Y el que tiene la capacidad de pago es el consorcio. Es un grave error creer que la póliza que contratan los vecinos cubre todo".

La ley determina que los consorcios, según la antigüedad de los edificios, deben informar periódicamente su estado.

En ese sentido, Osvaldo Loisi, de la Liga del Consorcista, indicó al matutino que: "Los vecinos tienen que tomar conciencia de que cuando compran un departamento tienen responsabilidades compartidas. Y que tienen que seguir de cerca a su administrador. No es que viven solos. Son responsables por cualquier cosa que pase, como un accidente desgraciado como éste. También tienen que controlar que el profesional que se contrató sea idóneo y enterarse de todo lo que las leyes establecen".

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

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VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

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JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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