jueves, 1 de noviembre de 2012

DOLARES - COMPRA DE VIVIENDA FALLO

En otro paso, esta vez previsto desde hace meses, del cerrojo cambiario, desde hoy ningún beneficiario de un crédito hipotecario podrá comprar dólares para pagar en moneda extranjera la vivienda para la que sacó ese préstamo.


La prohibición estaba prevista en la Comunicación A 5318 que el Banco Central emitió el 7 de julio de este año, una de las tantas medidas que fueron publicando esa entidad y la Administración Fiscal de Ingresos Públicos (AFIP) para ir reforzando paulatinamente el cepo cambiario que el Gobierno dice que no existe.


El último párrafo de esa comunicación establecía que "las personas físicas" iban a poder comprar dólares hasta ayer "por los montos correspondientes a créditos hipotecarios" que estuvieran preacordados al mismo 7 de julio y siempre que esos dólares fueran aplicados "en forma simultánea al pago de la compra de la vivienda".


Así, hasta ayer, quienes tenían créditos hipotecarios preacordados hasta el 7 de julio inclusive podían, al menos teóricamente, comprar dólares con esos créditos para pagar las viviendas que compraban; en cambio no podían hacerlo quienes preacordaron los créditos después de esa fecha, que tenían que realizar la transacción en pesos.


Desde hoy, ya no importa si el crédito fue preacordado antes o después del 7 de julio: el BCRA no permite en ningún caso que quien saca un crédito hipotecario compre con esos pesos dólares para pagar una vivienda. Así, avanza otro paso en la pesificación el mercado inmobiliario que no deja de contraerse desde que comenzó a implementarse el cepo cambiario.

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Estudio Juridico ARAMBURU & Asociados - Cordoba 966 Piso 3ro. B 43265223
El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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