viernes, 23 de noviembre de 2012

PROPIEDAD DE UN ANIMAL - FALLO

La Justicia cordobesa dictaminó que una mujer debe devolverle los muebles a su ex novio (con quien convivió durante 7 años) pero no el perro ya que "la relación del perro con sus amos contiene un vínculo afectivo que trasciende lo jurídico".

De acuerdo al fallo emitido por la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Río Cuarto, los novios se fueron a vivir juntos en 1999, el muchacho llevó el perro y amobló el departamento que la pareja compartió durante 7 años.

La relación no prosperó y el hombre llevó su reclamo a la Justicia solicitando la restitución de sus bienes y el perro. Pero la Cámara riocuartense le dio la razón a medias ya que si bien los muebles le serán devueltos porque "no pudo comprobarse la formación de una relación de hecho", pero el canino seguirá en la propiedad de la mujer, con quien vive desde que la pareja se terminó, en 2006.

El vocal Julio Avalos -a cuyo voto adhirieron sus pares Eduardo Cenzano y Rosana de Souza- justificó su decisión en que "la relación del perro con sus amos contiene un vínculo afectivo que trasciende lo jurídico y que, por ende, se resiste a ceñirse a la figura del derecho real de dominio", informó el diario Clarín.

Además, explicaron que condenar a la mujer a entregar el perro a su ex pareja, "sería susceptible de producirle un grave sufrimiento moral sin beneficio alguno para el accionante, quien, por el tiempo transcurrido, perdió el vínculo que tenía con el animal".

Por último, concluyeron señalando que el perro "no tiene valor económico alguno, teniendo en cuenta su edad. Siendo ello así, hacer lugar a esa pretensión, implicaría cohonestar (dar apariencia de justo a lo que no lo es) un ejercicio antifuncional del derecho, un abuso que los jueces no deben tolerar".

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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