miércoles, 3 de junio de 2009

ACCESO A LA JUSTICIA

Es necesario evitar la sinonimia entre conflicto y litigio.
Acceso a justicia no implica acceso a una sentencia, significa acceso a una resolución del conflicto en forma rápida y poco costosa, no sólo en dinero sino también en tiempo, esfuerzos y energías”, dijo la vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctora Elena Highton de Nolasco, durante la presentación del “Mapa de situación sobre los diversos métodos de acceso a justicia implementados en el ámbito del Poder Judicial de la República Argentina”, realizada en el Palacio de Justicia.
Acompañaron a Highton en el estrado el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti; los ministros Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni; la secretaria de Justicia de la Nación, Marcela Losardo; y la defensora General de la Nación, Stella Marís Martínez. Asistieron también Guillermo Montenegro, secretario de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, y Leandro Despouy, presidente de la Auditoria General de la Nación.
Este trabajo es el fruto de las políticas de Estado del Poder Judicial que surgieron en la Conferencia Nacional de Jueces en 2007, con las que se comprometieron los magistrados de todo el país, expresó Highton.
El mapa, que está disponible on line en la página principal de la Corte (www.csjn.gov.ar), fue elaborado por la Comisión Nacional de Acceso a Justicia que preside la doctora Highton e integran jueces nacionales, federales y provinciales de todo el país.
La ministra sostuvo que una política de justicia debe brindar a todos los ciudadanos la posibilidad de protección de sus propios derechos, pero no necesariamente a través de la vía jurisdiccional. “Es necesario diseñar y alentar una protección accesible, plural y heterogénea, y no es menester –a veces ni siquiera conveniente- que sea a través del Poder Judicial como tal”, precisó.
Además destacó que los jueces deben asumir y cumplir un rol central y protagónico en la promoción del acceso a justicia. “El hecho de que se esté hablando de métodos alternativos de resolución de conflictos no significa que los jueces queden al margen de esta tarea. Es imprescindible que desde el Poder Judicial se promuevan programas que brinden la posibilidad a todas las personas por igual de acceder al conocimiento, al ejercicio y la defensa de sus derechos”.
El principal objetivo de la Comisión -explicó Highton- es la implementación de políticas públicas para promover e incentivar el acceso a justicia, con el fin de disminuir la litigiosidad judicial y mejorar el servicio de justicia profundizando la inserción de métodos alternativos de resolución de conflictos.
Se presentó una amplia gama de soluciones alternativas como son el arbitraje, la conciliación, la mediación, las oficinas de atención al ciudadano, las casas de justicia y las oficinas de violencia doméstica, entre otras.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

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JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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