martes, 29 de mayo de 2012

ALIMENTOS - FALLO

Un juez familiar de la ciudad de Rosario ordenó a un hombre a pasar cuota de alimentos a la hija que adoptó su ex mujer.

Es la primera resolución judicial que toma en cuenta la figura de "padre solidario", que está incluida en el ante proyecto de unificación del Código Civil y Comercial y de Familia que se tramita en el Congreso Nacional.

El hombre, que no es considerado padre adoptivo ni padrastro, deberá destinar el 15% de sus haberes netos a la hija de 18 años que adoptó su ahora ex mujer y que tuvieron bajo la guarda por más de diez años. El matrimonio tuvo en guardia a una nena, luego la mujer obtuvo la adopción definitiva y después se divorciaron.

La nena había sido hallada en la calle con su madre biológica en estado de total abandono y fue derivada a un hogar de menores. Al tiempo la mujer solicitó la adopción pero la menor pidió llevar el apellido de su padre biológico y a continuación el de su madre adoptiva.

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Estudio Juridico ARAMBURU & Asociados - Cordoba 966 Piso 3ro. B 43265223
El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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