viernes, 13 de julio de 2012

TARJETAS DE CREDITO - INTERESES - BCRA

El Banco Central aplicará multas a quienes incumplan la ley de plásticos gracias a las nuevas atribuciones que le da la carta orgánica. Serán graduadas en base a la infracción y podrán ser aumentadas hasta 20 veces en función de la gravedad de la falta.

El directorio del Banco Central (BCRA) aprobó este jueves un régimen de sumarios y sanciones por incumplimientos a la Ley de Tarjetas de Crédito, tanto para las entidades financieras como para los emisores no financieros.

Según un comunicado citado por la agencia DyN, la máxima entidad financiera definió las sanciones para los casos de incumplimiento en la Comunicación "A" 5323 aprobada en esta jornada.

"La medida se adoptó a partir de las facultades que la reciente modificación de la Carta Orgánica otorga al BCRA orientadas a la defensa y protección del usuario de servicios financieros", completó la entidad.

La última semana, la entidad al mando de Mercedes Marcó del Pont también utilizó la nueva norma para obligar a los bancos a realizar préstamos productivos a tasas reales negativas por hasta 5% de sus depósitos.

La nueva carta orgánica establece que al BCRA le compete verificar la correcta aplicación del nivel de las tasas de interés compensatorio y punitorio por la financiación de operaciones con tarjetas, la obligación de exhibir al público las tasas de financiación por este sistema en todos los locales del emisor y el deber de informarlas ofertas en materia financiera a la Secretaría de Comercio Interior, señaló la entidad.

En relación con las multas, se estableció como "importe de referencia" el monto correspondiente a los intereses liquidados, ajustados por un coeficiente -según la naturaleza de la infracción- con el fin de que el monto de la sanción sea proporcional a la naturaleza de la falta cometida.

El directorio también definió que los mencionados importes de referencia podrán ser incrementados en hasta veinte veces en función de la gravedad de las faltas, la reincidencia y la reiteración de irregularidades.

El régimen sancionatorio también alcanza a los incumplimientos del deber de exhibir al público las tasas por financiaciones de operaciones con tarjetas de crédito y de informar a la Secretaría de Comercio Interior las ofertas de las entidades emisoras.

"Dado que constituyen transgresiones que perjudican el buen funcionamiento del sistema y deterioran el eficiente funcionamiento del mercado de crédito", completó la entidad.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

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ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

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