miércoles, 1 de agosto de 2012

TARJETAS DE CREDITO - CONDUCTA ABUSIVA

Tras considerar que la compañía La Capital del Plata Ltda. Incidió en una “conducta abusiva”, la Cámara Tercera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba le impuso una multa que alcanza la suma de 13.000 pesos.

La compañía que emite la tarjeta de crédito Kadicard continúo formulando resúmenes de cuenta a un cliente aduciendo una supuesta deuda de 0,25 centavos correspondiente a los intereses por mora.

A pesar de que la persona había dado de baja la tarjeta y cancelado la deuda, se le generaron nuevos costos por hasta 71,33 pesos y la empresa optó por demandar al usuario.

Cabe señalar que en una primera instancia, el Juzgado de 48º Nominación del fuero había hecho lugar a la demanda pero por la suma de 6,03 pesos debido a que el cliente había pagado la totalidad del resumen pero fuera de término.

La compañía decidió apelar la decisión e intentar cobrar la totalidad de la supuesta deuda que aducía. En tal sentido, el vocal Julio Fontaine afirmó que "el crédito, supuestamente, nació de un interés de $0,25 pero, por arte de ‘birlibirloque', termina convertido, en beneficio de la firma y sus abogados, en una cantidad varias miles de veces superior. Y todo esto con la pretensión de usar a los tribunales como ejecutores de esa estafa, algo que no sólo es censurable en términos morales, sino también desde un punto de vista práctico puesto que no se puede motorizar y recargar el aparato judicial con pretensiones a primera vista desprovistas de seriedad y reñidas con las leyes".

Además, sostuvo que cuando se dio de baja la tarjeta y se canceló el resumen, la empresa tenía en su sistema el registro de la deuda por los intereses y, si no lo cobró en ese momento, es porque la compañía renunció a percibirlos.

Asimismo, el magistrado argumentó con respecto a la firma que “el carácter abusivo de esta conducta es inocultable porque, tras el pretexto del ejercicio de un derecho, lo que en realidad se ha intentado es estafar al usuario de la tarjeta cobrándole un crédito que no es más que un espectro engendrado en la maquinaria administrativa de la demandante".

De esta manera y consideraron las pruebas del caso, los camaristas decidieron imponerle una multa a la empresa equivalente a 13.253 pesos, que serán a favor del usuario, por la gravedad de la conducta abusiva.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA


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