jueves, 17 de enero de 2013

STRESS LABORAL

La Justicia condenó ayer a un banco a indemnizar con más de $730.000 a un gerente que padeció stress laboral y una incapacidad del 50% por las presiones a que se vio sometido como responsable de la entidad crediticia durante la crisis de 2001.

El fallo de la Sala Séptima de la Cámara Laboral entendió que el gerente “fue la máxima autoridad donde se concentraba la responsabilidad de aprobar los créditos bancarios, dando cuenta también de que hacia el año 2002 fue un período muy intensivo en el tema de la refinanciación de deudas”.

Los camaristas Néstor Rodríguez Brunengo y Estela Ferreirós mencionaron “el alto stress que se vivía por aquella época en el trabajo del actor”. Para el tribunal “se acreditó la presencia de un ambiente laboral nocivo detonante de la minusvalía que se le detectó”, al tiempo que destacó que “entre los profesionales que tienen más posibilidades de sufrir este síndrome de agotamiento profesional se cuentan las actividades como las que desarrolló el actor, quien como contador se desempeñó en áreas gerenciales que eran vitales para el banco”.

El corralito fue implementado en la primera semana de diciembre de 2001 por el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo. El público no podía extraer más de $200 por semana. Al poco tiempo, y en medio de una crisis, el país abandonó la convertibilidad. La Justicia prohibió salir del país a los banqueros.

Los jueces definieron la patología del gerente como “un fenómeno cada vez más presente en el mundo laboral, que es el síndrome de ‘burn-out’ o de desgaste profesional, que se lo puede definir como el estado de agotamiento mental, físico y emocional producido por la involucración crónica en el trabajo en situaciones emocionalmente demandantes, siendo uno de los factores desencadenantes la sobrecarga de trabajo y una ocupación poco estimulante”.

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El Dr. Gustavo Aramburu es Abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires en el año 1986.

Durante sus estudios trabajó en la Justicia en lo Civil y Comercial Federal (1980/1986).

Desde ese momento hasta la fecha ejerce en forma independiente su profesión de abogado en el ámbito de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Areas de Especialización:

DERECHO LABORAL

DERECHO DE FAMILIA


VIOLENCIA FAMILIAR - CUESTIONES DE GENERO

DERECHO INMOBILIARIO

DERECHO SUCESORIO

JUICIOS HIPOTECARIOS.


ASESORAMIENTO DE EMPRESAS O SOCIEDADES DE CARACTER FAMILIAR


Actividad Académica: Docente universitario entre los años 1995 al 2001 en la materia DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS - Catedra de la Dra. MONICA PINTOS.

Publicaciones: Habitual columnista de una docena de medios graficos y portales de noticias en todo el pais.

Es miembro de la ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES

COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PLATA


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